El cliente ejercerá la guarda, tenencia y custodia del vehículo hasta su devolución y recepción de conformidad por la Locadora, no pudiendo subarrendarlo. Deberá comunicar de inmediato, el secuestro y/o retención del vehículo y cumplir con las instrucciones que le indique el personal de la Locadora, siendo a su cargo (según tarifa vigente de mostrador) los alquileres que se devenguen hasta que la Locadora pueda liberar la unidad si la retención le es imputable.
Deberá presentar una tarjeta de crédito -expedida por entidad bancaria- a su nombre autorizando se bloquee una suma que cubra el monto por costos/pérdidas que figura en el documento.
Deberá exhibir registro de conducir válido y documento de identidad a satisfacción de la Locadora, permitiendo el fotocopiado de ambos. No podrá permitir el manejo del vehículo a un tercero no autorizado previamente por la Locadora, y en caso que solicite un conductor adicional, deberá completar -junto con el mismo- el formulario respectivo, siendo solidariamente responsable por los incumplimientos en que el conductor adicional pudiere incurrir. El conductor adicional también deberá presentar registro de conducir y documento de identidad.
Si la locación se solicita por cuenta y orden de una persona jurídica, el usuario deberá acreditar–a satisfacción de la Locadora- que posee facultades suficientes para obligar a la misma y sin que ello implique, ningún cese de las responsabilidades a su cargo asumidas según los términos y condiciones.
Plazo de la Locación:El vehículo y la documentación deberán ser devueltos en el lugar y hora convenidos en el documento de alquiler. En caso de extender la locación, antes del vencimiento deberá solicitar autorización por mail a la Sucursal, indicando la nueva fecha de devolución y la forma de pago. La Locadora responderá por igual medio si acepta o no. En caso afirmativo, la locadora informará el importe a abonar el que deberá ser cancelado -según la forma de pago ofrecida- antes del vencimiento del plazo original de la locación.
Apropiación indebida:El cliente acepta que, ante el hecho objetivo de no devolver el vehículo en término, la Locadora considerará que se encuentra frente a una apropiación indebida y a que –sin intimación previa alguna- efectúe denuncia penal. En este caso, cualquier costo en que incurra la Locadora estará a cargo del cliente, incluido el valor de la unidad si correspondiere. Asimismo, el cliente autoriza expresamente a la Locadora, vencido el plazo de la locación, a que tome posesión del vehículo en el lugar en que se encuentre.
Seguro- accidentes-responsabilidades y derechos- daños en la unidad:La limitación –otorgada por la locadora o adquirida mediante el CDW- quedará sin efecto y deberá responder por la totalidad de los perjuicios que genere a la misma cuando:
El Cliente podrá solicitar el reemplazo del vehículo en caso de que, por los daños que posea, no permita continuar circulando con el mismo. La Locadora, a su sólo criterio, determinará si efectúa dicho reemplazo o si da por finalizada la locación. Si la diera por finalizada, el cliente tendrá derecho al reintegro del alquiler por los días no utilizados abonando previamente todos los costos a su cargo.
Infracciones de tránsito:Será de exclusiva responsabilidad del cliente toda multa o sanción por violación de la normativa vigente en materia de tránsito que se le impute o recaiga sobre la unidad, autorizando expresamente a que la Locadora abone por su cuenta y orden –sin necesidad de comunicación previa- el monto reclamado y/o el costo de la defensa que efectuare, y a que debite de su tarjeta de crédito los gastos en que incurra (importe de la infracción, costos administrativos, honorarios, etc.). De encontrarse vencida la tarjeta, deberá proporcionar una nueva vigente. Si desconoce el cargo sin causa que lo justifique, deberá abonar–adicionalmente- astreintes (equivalente al 10% de lo abonado por la infracción) por cada día de retardo con más los gastos en que incurra la Locadora para lograr el cobro de lo adeudado. El cliente autoriza expresamente a la locadora a conservar los datos que proporcionó. En caso de alquiler en cuenta corriente el cliente autoriza a que se asiente el importe en la misma.
Rescisión:La Locadora podrá rescindir con causa la locación si constatare incumplimientos graves de parte del cliente y/o del conductor autorizado. En este caso, enviará una notificación fehaciente al domicilio denunciado, la que será válida independientemente de la recepción o no de la misma. La no devolución del vehículo se considerará apropiación indebida.
Ámbito de circulación:El Cliente acepta que el desconocimiento de los cargos efectuados en su tarjeta y/o los asientos en su cuenta corriente que tuvieren su origen en las obligaciones que asume –excepto las derivadas de infracciones de tránsito- o la falta de pago en término de sus obligaciones, dará derecho a la Locadora de reclamar lo adeudado con más un interés punitorio adicional por mora, equivalente a dos veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento, como también la totalidad de los gastos y costas judiciales o extrajudiciales en que incurriere como consecuencia del incumplimiento.
Retiro-devolucion-revisión:En el formulario Estado de la Unidad se asentará a la salida y al ingreso cualquier daño que presente la unidad en los gráficos pre impresos (ingreso /egreso) debiendo el cliente firmar de conformidad en ambas oportunidades. Si, dentro de las 24 horas posteriores a la devolución de la unidad, el departamento Técnico/Mecánico de la Locadora constatare la existencia de daños, faltantes y/o desperfectos que no se pudieren visualizar a simple vista, podrá ser notificado -por cualquier medio- de tal circunstancia, asistiéndole el derecho de concurrir al domicilio donde esté la unidad en un plazo no mayor de 24 horas, para verificar los mismos y, en su caso, abonar la contribución por daños que corresponda. Igual procedimiento, pero en este caso incluyendo los daños que pudieren observarse a simple vista, se aplicará si el cliente reintegra el vehículo fuera del horario de atención al público. El cliente acepta que es de su responsabilidad verificar que ha retirado todas sus pertenencias
Legislacion-jurisdiccion-procedimiento:Para todos los efectos legales que pudieren derivarse de la locación, el cliente acepta expresamente la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del fuero Comercial con asiento en la jurisdicción donde retiró el vehículo, con expresa renuncia a cualquier otro fuero y/o jurisdicción, incluso la Federal, que le pudiere corresponder en razón del domicilio o la nacionalidad, aceptando que será de aplicación, en todos los casos, la ley vigente en la República Argentina y válidas las notificaciones que se cursen en los domicilios declarados - aunque no fueren recibidas- siendo de aplicación el Art. 1208 del Código Civil y Comercial de la Nación y pudiendo la Locadora reclamar cualquier pago por la vía ejecutiva.,Los plazos locativos que se asientan no pueden superar los 30 días corridos por una cuestión operativa de la Locadora. En consecuencia, de solicitar un plazo mayor de locación y/o de aceptarse prorrogar el plazo originario, los sucesivos documentos de alquiler que se confeccionen podrán no ser firmados por el cliente, considerándose los mismos como prórroga del originalmente firmado. La locación se regirá por los instrumentos que se suscriban al momento de retirar el vehículo (documento de alquiler, estado de la unidad, etc.)